jueves, 24 de febrero de 2011

El Supremo obliga a las webs españolas a censurar a sus usuarios




  • http://www.libertaddigital.com/internet/el-supremo-obliga-a-las-web-espa...







  • http://www.europapress.es/cultura/musica-00129/noticia-web-tendra-pagar-...







  • http://www.elotrolado.net/noticia_el-supremo-confirma-la-condena-de-alas...





  • La sentencia del ¿tribunal?¿supremo?


  • http://www.libertaddigital.com/documentos/sentencia-del-supremo-que-cond...








  • El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial del Madrid en octubre de 2008 que condenó al sitio web anarquista Alasbarricadas.org a indemnizar con 6.000 euros a Ramoncín por los insultos y comentarios vejatorios albergados en su foro y realizados no por los propietarios de este sitio en internet sino por sus usuarios.
    La resolución del alto tribunal rechaza el recurso interpuesto por los responsables de esta página y confirma todos los pronunciamientos realizados anteriormente tanto por el Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid, que fue el que impuso inicialmente la multa, como por la Audiencia Provincial, que la confirmó en apelación.
    La ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSICE, aprobada en 2002) establece que los proveedores de servicios de alojamiento de datos, como los sitios web, no son responsables de la información que almacenan siempre y cuando no hayan participado en su elaboración ni tengan "conocimiento efectivo" de su ilegalidad. En el supuesto de que sí conozcan esta circunstancia, seguirán exentos de responsabilidad si actúan con diligencia para eliminar esos contenidos lesivos.
    El principal problema está en la definición de "conocimiento efectivo". La ley afirma que esta circunstancia se da "cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos", "se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución" o mediante "otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse".
    A ese último punto se agarra el Supremo para indicar que no era preciso que ningún órgano declarara tal ilicitud y ordenara la retirada de los datos "por cuanto su ilicitud es patente y evidente por sí sola, al no depender de datos o información que no se encuentren a disposición del intermediario". Es decir, que los sitios web deberán ejercer de policías para vigilar todo lo que escriben sus usuarios y de jueces para decidir si "su ilicitud es patente".
    Si uno fuera malpensado, podría decir que se trata de la crónica de un proceso anunciado: desde la (penúltima) reforma de la LPI, pasando por la LSSI, hasta acabar en la Ley Sinde; desde la prohibición del tabaco, hasta la eliminación de las máquinas de bollería en los colegios... parece como si se estuviera avanzando decididamente por un camino destinado a acabar con la libertad individual, tanto en el Mundo Real(TM) como en Internet. Y todo -faltaría más- por el bien de los ¿ciudadanos?
    Claro, que uno tendría que ser malpensado, y tendría que decirlo... y conseguir un admin benevolente que se arriesgara a no borrarlo...
    Así que ya sabéis, chicos: hay que recuperar el uso del condicional y del subjuntivo. Como en los mejores tiempos de La Codorniz.


    Fuente: Kaosenlared

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